Diagnóstico
El diagnóstico de alergia alimentaria se inicia con una historia detallada, el diario de ingesta más registro de síntomas precisa con frecuencia los alimentos incriminados que conducirán a una dieta de exclusión (diagnóstica y terapéutica), sin embargo el éxito de la misma no precisa el diagnóstico definitivo. La prueba dérmica del pinchazo (prick test) y la determinación serológica de anticuerpos IgE (RAST) específicos contra los antígenos incriminados orientan el diagnóstico, el cual debe ser precisado con la Prueba Cruzada Doble Ciego con Placebo (PCDCP), regla dorada por convención internacional para el diagnóstico de alergia alimentaria.
En la historia médica deben registrarse todos los alimentos de los cuales el paciente o su representante sospecha como etiología de los síntomas, precisar si esas manifestaciones subjetivas pueden reproducirse, si los signos evidenciables son atribuibles a clínica de alergia, si tienen alguna asociación proporcional con la cantidad ingerida, cuánto tiempo transcurre entre la ingesta y la aparición de la clínica, además de conocer si hay historia de ingesta previa sin manifestaciones similares y si posterior a la última reacción ha vuelto a ingerir el alimento sin consecuencias. Deben identificarse factores asociados a la ingesta seguida de síntomas o signos (ej. Ejercicio).
La prueba del pinchazo debe solicitarse cuando sospechamos que las manifestaciones clínicas son mediadas por IgE. Se utilizan extractos del antígeno a estudiar (1/10 o 1/20) inóculándose en la piel, simultáneamente con la administración de volúmenes similares (en otras áreas de la piel) de histamina y de solución salina normal (NaCl 0,9%). Si en el lugar de administración del antígeno no se forma habón alguno o es inferior a 3 mm, se considera que la prueba es negativa y esto nos permite inferir que el paciente no es alérgico a esa sustancia con una certeza de 10 a 1 (valor predictivo negativo 95%). Si el habón es mayor o igual a 3 mm de diámetro (con su respectivo control negativo) se registra la prueba como positiva, la cual tiene un valor predictivo positivo del 50%. Además de su baja sensibilidad, la prueba tiene una eficacia limitada en los niños menores de 1 año. En los niños de 1 a 2 años las reacciones son menos evidentes.
La prueba terapéutica de la dieta de exclusión utilizada como método diagnóstico, generalmente es iniciada eliminando la ingesta de uno o dos alimentos sospechosos, o en caso de no incriminar un alimento específico eliminamos a aquellos asociados a alergia con mayor frecuencia en la infancia: proteína de leche de vaca y huevo. Si el paciente persiste con la clínica pasamos a la dieta hipoalergénica, eximiéndolo de la ingesta de: leche de vaca, soya, huevo, pescado, chocolate, citricos, carne de res, pollo, trigo, nueces, colorantes y preservativos. En caso de no mejorar, continuamos con la dieta oligoantigénica , y por último dieta elemental.
Dieta Oligoantigénica
"A" | "B" |
Pavo o
Pollo Papa Coliflor, brócoli, pepino Cambur, duraznos Aceite de maiz |
Cordero o
Conejo Arroz Zanahoria, Lechuga Manzana, pera Aceite de girasol |
Nota: suplementar calcio, polivitamínico e hidrolizado de caseina, si es lactante |
La dieta de exclusión (diagnóstica) la mantenemos durante tres semanas e iniciamos la reintroducción de los antígenos sospechosos, uno por semana. Luego de incriminar a uno o más alimentos como causales de la reaparición de la clínica se lleva a cabo la Prueba Cruzada Doble Ciego con Placebo, para confirmar el diagnóstico. Los alimentos que decidamos eliminar por asociación con la clínica o diagnóstico definitivo pueden ser reintroducidos cada 6 meses, para probar tolerancia y por supuesto debe vigilarse la adecuación de la dieta durante todo el proceso.
La Prueba Cruzada Doble Ciego con Placebo (PCDCP) se realiza con los alimentos incriminados con la historia, prueba del pinchazo o serología cuantitativa de anticuerpos IgE específicos (RAST), para precisar el diagnostico de alergia alimentaria. El paciente se exime del alimento 7 a 14 días antes y de los anti-histamínicos, al menos 5 días antes. La PCDCP se realiza en un lugar acondicionado para atender un posible shock anafiláctico, con el paciente en ayuno, se inicia la administración de 125 a 500 mgrs de la proteína liofilizada o el Placebo. La cantidad del antígeno suministrado se duplica cada 15 a 60 minutos, vigilando al paciente de 4 a 8 horas. Si el paciente tolera 10 gramos sin manifestaciones alérgicas, se estudia entonces la tolerancia al alimento incriminado en la presentación usual ingerida, descartándose la reactividad clínica si no hay signos de alergia.